Primera empresa de auditoría que organiza un webinar con la AEAT sobre la Ley Antifraude

Primera empresa de auditoría que organiza un webinar con la AEAT sobre la Ley Antifraude

El pasado 27 de mayo de 2025 marcó un hito para nosotros en www.leyantifraude.com y para las más de mil empresas de desarrollo de software de facturación que confían en nuestros servicios de asesoramiento y auditoría. Ese día tuvimos el honor de organizar el primer webinar realizado junto a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), con la participación directa de uno de sus máximos expertos en esta materia: D. Javier Hurtado, inspector de Hacienda y coautor de la Ley Antifraude.

Más de 4.000 horas dedicadas a auditar el cumplimiento del artículo 29.2.j y 201 bis de la LGT

Este evento supuso una oportunidad para reafirmar nuestra trayectoria iniciada en 2021. Desde entonces hemos dedicado más de 4.000 horas de trabajo riguroso a auditar el cumplimiento del complejo marco legal establecido por el artículo 29.2.j) y el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria, que tipifica como infracción tributaria la fabricación, comercialización y uso de sistemas informáticos que no se ajusten a la normativa vigente.

Nos enorgullece poder decir que, con este webinar, nos hemos convertido en la primera empresa auditora en realizar una sesión conjunta con la AEAT sobre esta ley a nivel internacional.

Principales claves abordadas durante el webinar

Aunque invitamos a todos los interesados a visualizar el webinar completo a través del vídeo disponible en nuestra web, destacamos a continuación los puntos más relevantes tratados durante la sesión, que reflejan nuestra experiencia práctica tras revisar más de 200 controles en software de facturación y contabilidad.

Alcance real de la Ley Antifraude

Durante la sesión se recordó que la Ley 11/2021, de 9 de julio, fue publicada en el BOE el 10 de julio de 2021 y entró en vigor progresivamente desde el 11 de julio de ese mismo año. El artículo 201 bis establece las infracciones asociadas a sistemas informáticos que permiten, entre otros:

  • Llevar contabilidades paralelas.

  • Omitir el registro de transacciones.

  • Alterar información ya registrada.

  • Incumplir requisitos de inalterabilidad, trazabilidad o conservación.

  • No disponer de certificación obligatoria cuando sea exigida reglamentariamente.

Este marco deja claro que la ley no se limita a Veri*Factu ni a la emisión de facturas, sino que se extiende a todo el ecosistema regulatorio: el RD 1619/2012, el Suministro Inmediato de Información (SII), la Ley del IVA y otras normativas complementarias.

¿Por qué algunos software líderes aún no han sido sancionados?

Muchos desarrolladores nos preguntan por qué algunos programas muy populares que claramente incumplen la normativa aún no han sido sancionados. Nuestra respuesta es clara: es solo cuestión de tiempo. Estos sistemas están en el punto de mira, y las sanciones llegarán en cuanto se intensifique la supervisión. La falta de sanción no implica cumplimiento.

Sanciones orientadas al incumplimiento evidente

Durante el webinar también se abordó la sensibilidad del sistema sancionador. La AEAT dejó claro que las sanciones se dirigirán principalmente a aquellos desarrolladores que:

  • No implementen mecanismos de control.

  • Permitan modificaciones indebidas.

  • No respeten la trazabilidad ni la integridad de la información.

  • No hayan demostrado un esfuerzo proactivo de cumplimiento.

Las empresas que trabajan con nosotros y aplican nuestros más de 200 controles pueden estar razonablemente tranquilas. El criterio de la AEAT valora positivamente la proactividad y el compromiso con el cumplimiento.

La etapa 1 de VERI*FACTU debe ser indefectible

Uno de los conceptos clave abordados fue el carácter “indefectible” (es decir, inevitable y obligatorio) de la primera etapa de Veri*Factu: la generación del XML de alta o anulación antes o simultáneamente a la factura. Cualquier desvío de esta secuencia, como la emisión de facturas sin el alta previa del XML, es una infracción grave.

Este punto es especialmente crítico en modelos de integración remota (API, outsourcing, etc.), donde el sistema debe garantizar esta condición sin excepciones.

Conclusión

Este webinar representa un antes y un después en la relación entre desarrolladores de software y la AEAT. Hemos querido destacar algunos de los puntos más relevantes que confirman la necesidad de contar con una empresa especializada para garantizar el cumplimiento de esta normativa tan exigente.

No se trata solo de generar XML o de integrar Veri*Factu. Se trata de cumplir con un marco legal complejo y en evolución, donde la trazabilidad, la inalterabilidad y la documentación juegan un papel esencial.

Desde www.leyantifraude.com, seguiremos acompañando a empresas de software de toda España en este camino. Si todavía no estás auditado, te invitamos a completar este formulario y estaremos encantados de ayudarte.