05 Ene eIDAS y la Verificación de Facturas en el Sistema VERI*FACTU: Nuevas Normativas de Autenticidad y Integridad
El Real Decreto 1007/2023, en línea con la Ley Antifraude, ha introducido cambios significativos en la normativa de facturación, enfocándose especialmente en la autenticidad de origen de las facturas. Según la nueva regulación:
“4. Se considerará que la autenticidad del origen y la integridad del contenido de la factura están acreditadas cuando estas se emitan a través de un sistema o programa informático que cumpla con los requisitos especificados en el Reglamento. Este reglamento detalla los requisitos para los sistemas y programas informáticos o electrónicos utilizados en los procesos de facturación por empresarios y profesionales, incluyendo la estandarización de los formatos de registros de facturación.”
Cambios en la Autenticidad y la Integridad de las Facturas Electrónicas
Anteriormente, la autenticidad y la integridad de las facturas electrónicas se aseguraban mediante:
a) Firma electrónica avanzada, según la Directiva 1999/93/CE. b) Intercambio electrónico de datos (EDI), de acuerdo con la Recomendación 94/820/CE. c) Otros medios validados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Desde www.leyantifraude.com, hemos analizado estas cuestiones en relación con eIDAS y la firma electrónica, particularmente en entornos de soluciones Cloud SaaS. El reglamento se actualiza considerando:
- La generación de XML para altas y anulaciones de facturas, basada en el cálculo de hash y firma electrónica con certificado del obligado tributario.
- La comunicación con la AEAT, incluso sin firma electrónica.
Esto implica la necesidad de certificados electrónicos cualificados para servicios como firma avanzada, validación y custodia de certificados, y repositorios de certificados, entre otros, en soluciones Cloud SaaS.
Requisitos Específicos de VERI*FACTU
El apartado 4.1. “Sistemas Informáticos de Facturación y Sistemas VERI*FACTU”, publicado por la AEAT, establece que la remisión de facturas puede ser realizada por el obligado tributario, un apoderado, o un colaborador social, todos los cuales deben poseer un certificado electrónico reconocido.
Conclusiones
Para soluciones Cloud SaaS, es crucial establecerse como un proveedor de confianza, conforme a las normativas eIDAS y LSEC. En www.leyantifraude.com, ofrecemos servicios de auditoría y adaptación a estas regulaciones.