Receta medica privada electronica simplificada COVID19

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Receta medica privada electronica simplificada COVID19

Acaba de publicarse hace apenas dos días en la CGCOM una notificación donde se explica los requisitos procedimiento y pasos a realizar para obtener la homologación temporal de receta médica privada electrónica como medida para fomentar la telemedicina en España, entre otras motivaciones.

Homologación receta médica simplificada COVID19

Los Consejos Generales de Colegios Oficiales de Médicos, Dentistas, Podólogos y Farmacéuticos, de acuerdo con las competencias atribuidas por el Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación, han trabajado conjuntamente para habilitar una versión simplificada del Sistema de Receta Electrónica Privada para operar, de manera temporal como solución de contingencia como consecuencia de la situación de emergencia sanitaria provocada por el COVID-19, facilitando el acceso a los tratamientos prescritos. Los documentos que se han publicado son:

El proceso habitual donde acompaño a las empresas en su auditoria ha cambiado ligeramente para poder ofrecer mientras dure el estado de alerta una homologación temporal que cubra unos requisitos mínimos de la receta electrónica médica completa.

Básicamente el proceso de homologación relaja la necesidad de auditoria de la homologación clásica mientras dure el estado de alerta con los siguientes pasos:

1º) El responsable de la entidad SOLICITANTE presenta la solicitud de homologación temporal de una Plataforma de Prescripción a través de correo electrónico remitido a la cuenta secretariageneral@cgcom.es habilitada por el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (en adelante, CGCOM), este envío tendrá carácter de Registro de entrada, aportando la documentación acreditativa necesaria básica para iniciar el trámite de certificación en formato digital.

La documentación consistirá en el envío del documento de “TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE PLATAFORMA DE PRESCRIPCIÓN HOMOLOGADA TEMPORALMENTE EN EL SISTEMA DE RECETA ELECTRÓNICA PRIVADA DURANTE LA SITUACIÓN DE ESTADO DE ALARMA CONSECUENCIA DEL COVD-19” (podrá descargar este documento en las webs corporativas de los Consejos Generales) suscrito mediante firma con certificado digital por la entidad SOLICITANTE.

En el caso de personas jurídicas, esta documentación incluye, los estatutos de la entidad SOLICITANTE, y los poderes, en caso de representación de dicha entidad.

2º) La entidad SOLICITANTE recibirá del CGCOM un documento que indica la apertura de un expediente de contingencia por parte del Departamento de Secretaría General del CGCOM, y un número identificador de dicho expediente. Con esta información, el responsable de la entidad SOLICITANTE deberá dirigirse tanto al CGCOF, al CGCOE y al CGCOP como al propio CGCOM al objeto de realizar las pruebas de integración con Nodofarma, siguiendo el procedimiento establecido por el CGCOF al efecto y con los servicios web del CGCOM, CGCOE y CGCOP, siguiendo el procedimiento que cada uno tenga establecido, respectivamente.

3º) Superadas con éxito las pruebas de integración con NODOFARMA y con los servicios de habilitación de colegiado del CGCOM, CGCOE y CGCOP, el responsable de la entidad SOLICITANTE podrá comenzar a operar en el Sistema de e-Receta Contingencia COVID-19, entendiéndose que su Plataforma de Prescripción está temporalmente homologada para ello.

Pasado el estado de alerta y para las empresas que continúen con la homologación habitual se realiza una prologa de la homologación temporal durante 6 meses hasta que se obtenga la definitiva.

Conclusión

Esta medida de urgencia apoya la actual situación de crisis fomentando el uso de la telemedicina, estando totalmente alineada con el grupo de trabajo en el cual me encuentro para el fomento de este tipo de asistencia al paciente mediante el uso de las tecnologías de la información.

Luis Vilanova Blanco. Auditor receta médica privada electrónica

recetamedica@luisvilanova.es

911277300